Legislación

  • Ordenanza de Apoyo y Fomento Municipio General Alvear
    Municipal
    1431
    Gral. Alvear, Mendoza
    1990
    Ordenanza

    MENDOZA - GENERAL ALVEAR
    ORDENANZA 1431

    VISTO: El Expte.: "HCD" 669/90 por el que se estipula la necesidad de actualizar el subsidio mensual que beneficia a las Bibliotecas Populares del Departamento por Ordenanza 1302/88, y;

    CONSIDERANDO: Que éstas instituciones por el servicio que prestan a la Comunidad, sobre todo en la Presente crisis en la que los estudiantes de todos los niveles y jurisdicciones necesitan cada vez más los servicios de las Bibliotecas Populares.

    Que para poder seguir brindando dichos servicios, las Bibliotecas merecen ser asistidas para que puedan minimamente realizar una tarea de mantenimiento y atención al Público.

    Que para que pueda ser cumplido el objetivo antes mencionado, resulta necesario ampliar los importes a distribuir, debido a que el salario mínimo ha dejado de ser un patrón de medida adecuado.

    POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear (Mza.) en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

    O R D E N A N Z A

    ARTICULO 1º) Modificase el Art. 1º de la Ordenanza 1302, quedando redactado de la siguiente manera:

    "Asignase a las Bibliotecas Públicas del Departamento de General Alvear y por el término que indica la Ordenanza 1386, un subsidio mensual equivalente al 30% de la recaudación que establece la Ordenanza 1238, con un tope en total que no supere el importe mensual equivalente al sueldo básico de la Clase 1 de la escala de Sueldos de la Provincia, dividido de la siguiente manera"

    a) A la Biblioteca Domingo F. Sarmiento (Ciudad) el 37%
    b) A ña Biblioteca Carlos M. de Alvear (Cnia Alvear Oeste) el 25%
    c) A la Biblioteca José Hernández (San Pedro del Atuel) el 19%

    ARTICULO 2º) Los aportes establecidos por la presente Ordenanza, se harán efectivos con anterioridad a la aplicación del Art. 1º de la Ordenanza 1414.

    ARTICULO 3º) Autorizase al D.E., asignar la partida presupuestaria correspondiente para el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza.
    ARTICULO 4º) Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.

    DAD EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR (MENDOZA), A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA.---------------------------------------