Legislación

  • Ordenanza de Apoyo y Fomento Municipio La Plata
    Municipal
    8959
    Buenos Aires, La Plata
    1998
    Ordenanza

    ORDENANZA CIUDAD DE LA PLATA
    LA PLATA, 13 de octubre de 1998 Expte 29596 El Concejo Deliberante en su Sesión Ordinaria Nº 23, celebrada el día de la fecha, ha sancionado la siguiente:
    O R D E N A N Z A 8 9 5 9
    ARTICULO 1º: Créase la SUBVENCIÓN MUNICIPAL, para apoyo al desarrollo y evolución de las BIBLIOTECAS POPULARES, consistente en la asignación de una mensualidad cuyo monto será equivalente a un sueldo básico inicial, actualizado, de un Docente Municipal, perteneciente a la Dirección de Educación de la Municipalidad de La Plata.
    ARTICULO 2º: Las BIBLIOTECAS POPULARES deberán reunir los siguientes requisitos mínimos para acceder al presente beneficio:
    1. Ser Biblioteca Popular, lo cual significa facilitar todo el material bibliográfico y permitir la lectura del mismo en sala, siendo su atención totalmente gratuita.
    2. Ser reconocida por la Dirección de Bibliotecas de la Municipalidad de La Plata para lo cual deberá estar inscripta en Registro Municipal de Bibliotecas Populares.
    Modificación efectuada por Ordenanza 9669
    c. Ser reconocidas como Entidad de Bien Público por la Municipalidad de La Plata.
    ARTICULO 3º: La subvención creada por la presente es de carácter mensual y permanente..
    Modificación efectuada por Ordenanza 9669
    ARTICULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida correspondiente del presupuesto de cada año.
    Modificación efectuada por Ordenanza 9669
    ARTICULO 5º: De forma.