Legislación

  • Ordenanza de Apoyo y Fomento Municipio San Pedro
    Municipal
    5.685
    Buenos Aires, San Pedro
    2007
    Ordenanza

    (Bs. As.), AGOSTO 24 de 2007.

    Señor Intendente Municipal Prof. MARIO LEANDRO BARBIERI

    De mi mayor consideración:
    Tengo el agrado de dirigirme a Ud., transcribiéndole la siguiente ORDENANZA Nº 5.685 , sancionada por este Honorable Concejo Deliberante.

    ORDENANZA Nº 5.685
    VISTO :
    Que la Biblioteca Popular "Rafael Obligado" de San Pedro es una Institución de gran trascendencia para la vida educativa y cultural de la Ciudad, constituyendo a su vez un referente histórico innegable que contribuye a la identidad ciudadana, y por ende a la memoria de los sampedrinos, y;
    CONSIDERANDO :
    Que la Biblioteca Popular se fundó en fecha 30 de agosto de 1872, en el local adyacente al que posee en calle Mitre nº 460 desde 1927, en el marco de la denominada "Ley Sarmiento" (Ley nº 419) que creó la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares el 23 de septiembre de 1870;
    Que en 1922 pasó a ocupar el inmueble que actualmente posee en el centro de la Ciudad, llevando a cabo una tarea de difusión de la cultura en todos sus órdenes en forma sostenida desde su creación e inauguración en 1927;
    Que por su recinto transitan diariamente más 200 alumnos que consultan sus numerosas fuentes de información;
    Que la misma ha resultado estrado al cual supieron concurrir personalidades de la talla de Sarmiento, Mitre, Adolfo Carranza, Almafuerte, Arturo Frondizi, Américo Gioldi, Manuel Mugica Laínez, Raúl Spivak, María Luisa Berrondo, Florecio Escardó, Eva Giberti, Raúl González Tuñón, Rodolfo Terragno, Osvaldo Bayer, Ernesto Sábato, Ulyses Petit de Murat, Jorge Luis Borges y Nelson Göerner, entre muchos otros.
    Que el edificio se asienta en un terreno donado por Juan Monteverde a efectos de brindar la posibilidad que todos hoy tenemos de acceder a la cultura;
    Que la Institución ya ha sido reconocida como de bien público por Decreto Municipal nº 360/86 de fecha 31 de octubre de 1986.-
    Que la Institución acredita y sostiene una vigencia indudable a través de los años por la colaboración desinteresada de los vecinos que condujeron en sus políticas culturales constantemente, la labor comprometida de sus bibliotecarios y sus asociados que conforman su único patrimonio vital y móvil, y constituye la institución más antigua de la ciudad de San Pedro, preexistiendo incluso a ella;
    Que esta Institución representa valores insoslayables para nuestra ciudadanía que aún no tienen el reconocimiento gubernamental que amerita, y por ello resulta de estricta justicia tal consagración, todo por lo cual,

    ORDENANZA Nº 5.685 HOJA Nº 02.-
    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN PEDRO en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
    ORDENANZA
    Art. 1º.- Declarase "Entidad de Interés Cultural" a la Asociación Civil sin fines de lucro de la Biblioteca Popular "Rafael Obligado" de San Pedro.
    Art. 2º.- Declarase de "Interés Histórico" al edificio de la "Biblioteca Popular Rafael Obligado" sito en calle Mitre nº 460 (Circunscripción I Sección B Manzana 139 Parcela 7) e integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de San Pedro , Partido del mismo nombre de la Provincia de Buenos Aires.-
    Art. 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro del Honorable Concejo Deliberante y archívese.-
    Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro, a los VEINTITRES días del mes AGOSTO del año DOS MIL SIETE.-