PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL
LÍNEA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO ASALARIADO EN EL SECTOR PÚBLICO - (PIL PÚBLICO)
OBJETIVO DEL PROGRAMA
En el marco de las políticas nacionales de empleo, el Programa de Inserción Laboral en el Sector Público tiene por objeto promover la inserción de trabajadores desocupados en empleos de calidad en la administración pública, mediante la asignación de una ayuda económica a sus destinatarios que podrá ser descontada de su salario por los empleadores con los que celebren un contrato de trabajo o inicien una relación laboral.
DESTINATARIOS
Podrán ser contratados en el marco del PIL Público los participantes del Seguro de Capacitación y Empleo (SCyE), del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo (PJMyMT) o en el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR), o de otros programas o acciones ejecutadas por el MTEySS o trabajadores desocupados que hayan aprobado un curso de Formación Profesional promovido por el MTEySS.
EMPLEADORES PARTICIPANTES
Podrán adherir al PIL Público, organismos públicos nacionales, provinciales, municipales y entes públicos autárquicos o descentralizados.
CARACTERÍSTICAS DE LA PROPUESTA DE INSERCIÓN
Plazo de adhesión: Los empleadores públicos podrán incorporar trabajadores en el marco del PIL PUBLICO por un plazo mínimo de UN (1) mes y por un máximo de DOCE (12) meses.
Modalidad contractual: La contratación de trabajadores en el marco del PIL PUBLICO deberá adecuarse a las modalidades previstas por las normas regulatorias del empleo público en la jurisdicción. El salario que percibe el trabajador debe ajustarse a la categoría ocupacional en la que sea designado y contar con obra social, aportes jubilatorios y asignaciones familiares.
No podrán incorporarse trabajadores en la presente Línea para su contratación bajo las modalidades de locación de obra o de servicios.
APORTE ECONÓMICO DEL MTEYSS
Los trabajadores incorporados al PIL PÚBLICO percibirán una ayuda económica mensual a cargo del MTEySS total de hasta: DOS MIL QUINIENTOS PESOS ($2500), cuando fueran contratados a tiempo completo; y MIL PESOS ($1000), cuando fueran contratados a tiempo parcial.
La ayuda económica mensual a cargo del MTEySS no podrá exceder el OCHENTA (80%) del salario establecido para la categoría laboral en la que se contrata al trabajador
COMPROMISOS DEL EMPLEADOR
a) El pago del salario que le corresponda al trabajador, de acuerdo a la categoría ocupacional en la que sea designado, descontando el monto de la ayuda económica que aporta el MTEySS;
b) Realizar los aportes y las contribuciones patronales sobre la totalidad del salario.
Los empleadores del sector público estatal interesados en participar en el PIL - Sector Público deberán presentar la Carta de Adhesión al Programa ante la Oficina de Empleo Municipal o la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral (GECAL) correspondiente a su jurisdicción, al menos 15 días antes del mes de inicio de la incorporación.