Legislación

  • Creación de un programa de apoyo a las bibliotecas populares
    Municipal
    9825
    Bahía Blanca, Buenos Aires
    1997
    Ordenanza

    Bahía Blanca - Provincia de Buenos Aires
    ORDENANZA Nº 9825
    Título : Creación de un programa de apoyo a las bibliotecas populares.
    Tema : Expediente H.C.D. : HCD-748/97. Expediente M.B.B. : 610-10437/97.
    Fecha de Sanción : 03 de octubre de 1997.
    Fecha de Promulgación : 14 de octubre de 1997.
    Decreto de Promulgación Nº 661/97.
    ORDENANZA
    Artículo 1 ­ Créese un Programa Municipal de Apoyo a las Bibliotecas Populares del Partido de Bahía Blanca.
    Artículo 2 ­ E1 programa tenderá a apoyar a las instituciones que cumplan los requisitos fijados en la presente, mediante recursos que se orientarán a personal especializado y adquisición de material bibliográfico.
    Artículo 3 ­ Los recursos para el sostenimiento del programa resultarán de las partidas que, anualmente, fije la Municipalidad en el Presupuesto de Gastos.
    Artículo 4 ­ El Departamento Ejecutivo fijará el monto del subsidio para las bibliotecas populares del Partido de Bahía Blanca, teniendo en cuenta el número de asociados, superficie de sus salas de lectura y material bibliográfico disponible y su circulación. Podrá incrementarse el subsidio si razones de urgencia debidamente fundadas así lo requieran, exigiéndose en todos los casos la correspondiente rendición de cuentas.
    Artículo 5 ­ Las entidades que reciban subsidios por el presupuesto municipal con el destino previsto en la presente Ordenanza quedan excluídas del Programa de Apoyo.
    Artículo 6 ­ Las instituciones que soliciten su ingreso al programa como beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
    1. Poseer personería jurídica;
    2. Cumplir con la presentación de balances y memorias anuales y toda otra documentación exigída por la autoridad de contralor;
    3. Presentar un informe suscripto por sus autoridades responsables que en términos de declaración jurada señale el número de socios, material bibliográfico disponible, sala de lectura afectada;
    4. Afectación de los recursos.
    Artículo 7 ­ Créese un Consejo de Bibliotecas Populares del Partido de Bahía Blanca, que integrado por un representante de cada una de las instituciones, un concejal del H. Concejo Deliberante y un funcionario de la Subsecretaría de Cultura del Municipio, propondrá medidas tendientes a ampliar los medios orientados al sostenimiento de las actividades de las Bibliotecas Populares y actividades de extensión cultural afines a los objetivos de las bibliotecas populares.
    Artículo 8 ­ De forma.
    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
    ORDENANZA Nº10379
    Título: modificando el artículo 2º de la ordenanza 9825 creadora del Programa Municipal de Apoyo a las Bibliotecas Populares.
    Tema: Expediente H.C.D.: HCD-1253-1998 - Expediente M.B.B.:
    Fecha de Sanción: 30 de diciembre de 1998
    ORDENANZA
    Artículo 1 Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza 9825, el que quedará redactado de la siguiente manera:
    Artículo 2 El programa tenderá a apoyar a las instituciones que cumplan los requisitos fijados en la presente, mediante recursos que se orientarán a mantenimiento, equipamiento, reparaciones y ampliación."
    Artículo 2 - De forma.
    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.