Legislación
- Creación de un programa de apoyo a las bibliotecas popularesMunicipal9825Bahía Blanca, Buenos Aires1997Ordenanza
Bahía Blanca - Provincia de Buenos Aires
ORDENANZA Nº 9825
Título : Creación de un programa de apoyo a las bibliotecas populares.
Tema : Expediente H.C.D. : HCD-748/97. Expediente M.B.B. : 610-10437/97.
Fecha de Sanción : 03 de octubre de 1997.
Fecha de Promulgación : 14 de octubre de 1997.
Decreto de Promulgación Nº 661/97.
ORDENANZA
Artículo 1 Créese un Programa Municipal de Apoyo a las Bibliotecas Populares del Partido de Bahía Blanca.
Artículo 2 E1 programa tenderá a apoyar a las instituciones que cumplan los requisitos fijados en la presente, mediante recursos que se orientarán a personal especializado y adquisición de material bibliográfico.
Artículo 3 Los recursos para el sostenimiento del programa resultarán de las partidas que, anualmente, fije la Municipalidad en el Presupuesto de Gastos.
Artículo 4 El Departamento Ejecutivo fijará el monto del subsidio para las bibliotecas populares del Partido de Bahía Blanca, teniendo en cuenta el número de asociados, superficie de sus salas de lectura y material bibliográfico disponible y su circulación. Podrá incrementarse el subsidio si razones de urgencia debidamente fundadas así lo requieran, exigiéndose en todos los casos la correspondiente rendición de cuentas.
Artículo 5 Las entidades que reciban subsidios por el presupuesto municipal con el destino previsto en la presente Ordenanza quedan excluídas del Programa de Apoyo.
Artículo 6 Las instituciones que soliciten su ingreso al programa como beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Poseer personería jurídica;
2. Cumplir con la presentación de balances y memorias anuales y toda otra documentación exigída por la autoridad de contralor;
3. Presentar un informe suscripto por sus autoridades responsables que en términos de declaración jurada señale el número de socios, material bibliográfico disponible, sala de lectura afectada;
4. Afectación de los recursos.
Artículo 7 Créese un Consejo de Bibliotecas Populares del Partido de Bahía Blanca, que integrado por un representante de cada una de las instituciones, un concejal del H. Concejo Deliberante y un funcionario de la Subsecretaría de Cultura del Municipio, propondrá medidas tendientes a ampliar los medios orientados al sostenimiento de las actividades de las Bibliotecas Populares y actividades de extensión cultural afines a los objetivos de las bibliotecas populares.
Artículo 8 De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
ORDENANZA Nº10379
Título: modificando el artículo 2º de la ordenanza 9825 creadora del Programa Municipal de Apoyo a las Bibliotecas Populares.
Tema: Expediente H.C.D.: HCD-1253-1998 - Expediente M.B.B.:
Fecha de Sanción: 30 de diciembre de 1998
ORDENANZA
Artículo 1 Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza 9825, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2 El programa tenderá a apoyar a las instituciones que cumplan los requisitos fijados en la presente, mediante recursos que se orientarán a mantenimiento, equipamiento, reparaciones y ampliación."
Artículo 2 - De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.