Discapacidad

¿Que son los Derechos de las Personas con Discapacidad?

En 2008, a través de la Ley N° 26.378, la República Argentina incorporó a su ordenamiento interno la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que tiene como propósito según lo establece su Artículo 1° “promover y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.

 

El Artículo 2° de la mencionada Convención define a la discriminación por motivos de discapacidad como “cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables”.

 

La inclusión de principios generales en su Artículo 3° como el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, la no discriminación, la participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad, el respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humana, la igualdad de oportunidades, la accesibilidad, entre otros, constituye una prueba fehaciente del cambio de paradigma hacia el modelo social de discapacidad.

 

¿Quiénes son portadores de este derecho?
Todas las personas con discapacidad.

Actualmente, nos encontramos transitando el camino hacia la construcción de un modelo social que considera que el origen de la discapacidad obedece a causas preponderantemente sociales, es decir, a una construcción y un modo de opresión social; se basa en una nueva forma de pensar y entender, que se contrapone al paradigma anterior representado en el modelo médico.
El modelo social surgió hacia fines de la década del ‘60 a partir de la lucha de las propias Personas Con Discapacidad (PCD) y de organizaciones sociales que trabajaban en pos de los derechos del colectivo y que se unieron para condenar el estatus que tenían de “ciudadanos de segunda clase”.

Este enfoque reconoce a las PCD como sujetos de derechos y propone respuestas no sólo para este grupo sino para la sociedad en su conjunto. Se trata de una construcción colectiva entre las personas con y sin discapacidad porque reconoce en el entorno un actor clave para determinar el mayor o menor grado de participación de las PCD. Desde esta perspectiva, una persona con discapacidad atraviesa una situación de desigualdad que puede modificarse a través de acciones tendientes a la remoción de barreras que impiden su total integración en la sociedad.

 

Para más información sobre el modelo social de discapacidad consultar el cuadernillo “Discapacidad y No Discriminación”:

http://inadi.gob.ar/wp-content/uploads/2012/12/discapacidad_y_discriminacion.pdf

 

¿Quién garantiza su ejercicio?

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad determina que los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la participación efectiva de las PCD en cada una de las actividades de la vida en comunidad. El Artículo 12° reconoce el derecho de las PCD al “Igual reconocimiento como persona ante la ley” y alude a su capacidad jurídica en tanto y en cuanto menciona que: “1. Los Estados Partes reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica, 2. Los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, 3. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica”. (ver Normativa)

 

 

 

 

 

- La información aquí brindada ha sido extraída de: Documentos temáticos INADI: Discapacidad y No Discriminación / Pedro Mouratian ; dirigido por Julia Contreras. - 1a ed. - Buenos Aires: Inst. Nac. contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo - INADI, 2012.