Derechos de los Contribuyentes
Registro y Actualización de la Relación de Dependencia

 

¿En qué consiste? 
Es un servicio diseñado para empleadores a través del cuál se puede conformar un registro ordenado y actualizado de la planta de trabajadores. A través del mismo se pueden informar las altas de las nuevas relaciones laborales, confirmar las altas anticipadas telefónicamente, modificar los datos ingresados oportunamente, informar las bajas de las relaciones laborales, anular las altas y bajas anticipadas, consultar todas las relaciones laborales activas existentes y/o todas las gestiones de claves realizadas en un día, etc.

 

¿Qué documentación e información se debe presentar?
Datos del empleador a informar:

  • Apellido y nombre
  • Denominación o razón social
  • CUIT
  • Fecha de alta del empleador y domicilio fiscal
  • CBU de la cuenta destinada al reintegro de asignaciones familiares
  • Código y denominación de la ART contratada, la Obra Social elegida, etc., todo ello sujeto a lo requerido en el Anexo II de la RG N° 2016/06 (AFIP).

De los trabajadores a su cargo, el empleador deberá informar:

  • Apellido/s y Nombre/s (no modificables)
  • CUIL (no modificable)
  • Domicilio real actualizado
  • Modalidad de contratación
  • Puesto a desempeñar
  • Remuneración mensual pactada
  • Fecha de inicio de la relación laboral
  • Fecha de cese (cuando corresponda)
  • Especificar si se trata de un trabajador agropecuario
  • CBU de la cuenta sueldo, etc., todo ello sujeto a lo requerido en el Anexo II de la RG N° 2016/2006 (AFIP)

¿Cómo se hace? 
El empleador puede efectuar el trámite de las siguientes formas:

1- Por transferencia electrónica de datos, vía Internet. A tal fin, se deberá acceder a: www.afip.gob.ar, seleccionar la pestaña "Clave Fiscal", presionar el botón "Ingreso al Sistema", completar los datos inherentes a la CUIT y a la "Clave Fiscal" otorgada por AFIP y oprimir el botón "Clave de Alta y Baja del Registro". Una vez finalizada y aceptada la transacción - de alta o baja, modificación de datos o de anulación -, como constancia de ella el sistema emitirá un acuse de recibo, por duplicado, el cual tendrá para su identificación un número denominado "Registro del Trámite".

2- Por presentación del formulario 885 (Nuevo Modelo), por duplicado, ante la dependencia de este organismo en la cual se encuentre inscripto. Con relación a la denuncia de los datos relativos a los vínculos familiares del trabajador, el empleador deberá completar el formulario de declaración jurada que apruebe la ANSeS y presentarlo ante la Unidad de Atención Integral (UDAI) de la citada Administración Nacional, más cercana a su domicilio.

3- Cuando se trate de trabajadores que se contraten para realizar tareas inherentes a alguna de las actividades que se detallan en el Anexo I de la RG 2016/06, el trámite de comunicación de alta en el "Registro" podrá iniciarse por la línea telefónica gratuita al 0-800-999-2347.

¿Cuánto vale? 
Gratuito.

 

¿Quién puede/debe efectuarlo? 
El empleador.

 

¿Qué vigencia tiene el documento tramitado? 
Mientras no se modifique la relación/condición laboral.

 

¿De qué organismo depende? 
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

 

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega 
* Alta: dentro de las 48 horas, contadas a partir de las cero horas del día inmediato siguiente a la fecha que se encuentra consignada en el respectivo acuse de recibo. 
* Modificación de datos: dentro del mes calendario en que se realizó la modificación. 
* Baja: sólo se entrega a pedido del trabajador y es dentro de los 5 días corridos contados a partir del día, inclusive, inmediato siguiente al de su solicitud.

Observaciones:

- En el caso de trabajadores que iniciaran su relación laboral antes de la entrada en vigencia de la RG 1891/05 AFIP, podrán solicitar a sus empleadores la entrega de un duplicado del acuse de recibo respectivo, que respalda su inclusión en el registro. La entrega en este caso también es obligatoria y deberá cumplirse en el plazo de 30 días corridos desde el día inmediato siguiente a su solicitud. 
- El original del acuse de recibo por las operaciones realizadas, deberá ser conservado por el empleador y es susceptible de ser verificado. El empleador deberá documentar siempre la recepción del duplicado. 
- En los casos de modalidades de contratos de tiempo determinado o plazo fijo, se deberá comunicar en el mismo acto tanto la fecha de inicio como la de baja de la relación laboral. 
- No existe ningún caso en el que no sea obligatoria la comunicación a la AFIP por este sistema, aún cuando se trate de trabajadores temporales, pasantías, etc. 
- Además usted podrá obtener más información a través del Centro de Información Telefónica, 0810-999-2347, o por medio de un correo electrónico a la mesa de ayuda: mayuda@afip.gov.ar

¿Dónde se puede realizar? 
Por Internet, a través de: www.afip.gob.ar opción "CLAVE FISCAL", opción "Usuarios con clave fiscal habilitada", opción "Mi Registro - Empleadores". 
Consultar las Agencias del Organismo AFIP/DGI en: www.afip.gob.ar, opción "Agencias". 
Nota: los horarios y días de atención de las agencias varían según la Localidad.

 

 

 

- Toda la información brindada en estas páginas ha sido suministrada por los respectivos organismos