La libertad de asociación se encuentra íntimamente relacionada con la participación y la posibilidad que ésta brinda a las personas de formar parte de algo mayor, algo que supera y trasciende su calidad de individuo.
Las asociaciones enriquecen el desarrollo personal de quienes las integran, les permite proyectarse y discernir, elegir y modificar sus elecciones constantemente y logra que cada miembro despliegue sus atributos y potencialidades individuales y realice aportes decisivos a la vida del conjunto.
Las Bibliotecas Populares son un ejemplo de la incidencia en la sociedad de un grupo de personas reunido por propia voluntad. Quienes pertenecen a estas organizaciones y aquellos que participan activamente de su desarrollo, se transforman en protagonistas de la vida social y cultural del lugar en el que viven.
Las asociaciones no sólo gozan de la protección del Estado para su pleno y libre desarrollo, sino que se encuentran estimuladas por políticas públicas, dado que la característica del sistema político que rige en la actualidad tiene la misión de generar sentimientos de solidaridad y unidad en la comunidad, con propuestas colectivas para el logro de los objetivos de mejorar la calidad de vida, enfrentar circunstancias difíciles y generar nuevos proyectos.
¿Qué significa la libertad de asociarme?
- El derecho de asociación se asemeja al derecho de reunión.
- Libertad de organizarse con otras personas para crear asociaciones con los fines que sean comunes en el grupo.
- Las personas como seres sociales necesitan vincularse con otras para alcanzar metas que no podrían desarrollar si actuaran aisladamente o en forma individual.
¿Qué es una Organización?
- Grupo de personas que se reúne con el objeto de llevar a cabo actividades colectivas.
- Perduran en el tiempo, trascienden a sus miembros. El período de vida de una persona es limitado respecto de la organización que integra.
Son consideradas personas jurídicas, esto es:
- Tienen derechos y obligaciones.
- Sus integrantes no actúan a nombre propio sino en representación de la organización.
- Posee un patrimonio diferenciado del de sus miembros.
- Existen organizaciones sin fines de lucro (Fundaciones, Asociaciones Civiles, Mutuales y Cooperativas) y con fines lucrativos (sociedades comerciales).
¿Qué es una Asociación Civil?
- La crea un grupo de personas.
- Debe tener objetivos de bien común.
- Tiene miembros, quienes deciden el desarrollo y los objetivos de la organización.
- Las actividades benefician tanto a las personas ajenas de la organización como a los miembros de ella.
Ej.: Biblioteca Popular , Club Social y Deportivo.
¿Qué es una Fundación?
- Es una entidad creada por la voluntad de su fundador.
- Tiene un objeto de bien común, sin propósito de lucro.
- Los fundadores y otras personas aportan un patrimonio para lograr los objetivos.
- No tiene miembros, sólo tiene beneficiarios.
- Las reglas internas las establece el fundador.
- Los beneficiarios de las actividades de la fundación son personas ajenas a ésta.
- Está gobernada por el fundador o fundadores.
- Requieren de autorización estatal para funcionar.
- Gobierno y administración: a cargo de un Consejo de Administración, integrado por un mínimo de 3 personas.
¿Qué es una Cooperativa?
- Asociación de personas que se han unido voluntariamente para enfrentar sus necesidades y/o desarrollar sus aspiraciones económicas, sociales y culturales.
- Tiene una organización democrática.
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Tiene principios que la diferencian de otras organizaciones:
- Adhesión abierta y voluntaria.
- Control democrático de los asociados.
- Participación económica de los asociados.
- Autonomía e independencia.
- Educación, entrenamiento e información.
- Cooperación entre cooperativas.
- Compromiso con la comunidad.(Fuente: Congreso de la Alianza Cooperativa Internacional, Manchester, 1995)
- Están abiertas a quien quiera utilizar los servicios y acepte las responsabilidades que se determinan.
- Todos los miembros tienen los mismos derechos, e igual capacidad de elección: 1 miembro, 1 voto.
- Autonomía e independencia: son controladas por sus miembros.
- Brindan educación y entrenamiento a sus miembros para desarrollar eficazmente el objeto de la organización.
Existen diferentes tipos de cooperativas; algunos de ellos son:
- Cooperativas de Trabajo.
- Cooperativas de Vivienda.
- Cooperativas de Consumo.
- Cooperativa de Trabajo: Formada por trabajadores, para desarrollar una empresa laboral, poniendo en común su fuerza de trabajo.
- Cooperativa de Vivienda: Los asociados son aquellos que necesitan una vivienda, a la cual podrán acceder en forma asociada.
- Cooperativa de Consumo: Se asocian los consumidores para conseguir mejores precios en los bienes y artículos de consumo masivo.
¿Qué es una Mutual?
- Asociación sin fines de lucro.
- Las personas la forman inspiradas en la solidaridad.
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Los integrantes deben aportar una contribución periódica.
El objeto:
- Brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales.
- Concurrir a su bienestar material y espiritual.
- Satisfacer a las necesidades de sus asociados mediante, por ejemplo: asistencia médica, farmacéutica, educativa, deportiva, subsidios, préstamos, etc.
- El estatuto determinará las condiciones que deben tener las personas para ingresar a la asociación.
- Están prohibidas las cláusulas que restrinjan la incorporación por razones de nacionalidad, credo, raza e ideología.
Hay categorías de socios:
Activos:
- Personas mayores de 21 años que cumplan los requisitos erigidos por el estatuto. La Dirección interna de las mutuales está a cargo del Organo Directivo y la Junta Fiscalizadora.
- Tienen derecho a elegir e integrar los órganos directivos.
Adherentes:
- Personas mayores de 21 años y hermanas solteras del socio activo.
- Gozan de los servicios sociales para esta categoría.
- No pueden elegir ni integrar órganos directivos.
Participantes:
- Padre, madre, cónyuge, hijas solteras, hijos menores de 21 años y hermanas solteras del socio.
- No pueden participar de las Asambleas, ni elegir ni ser elegidos.
- Dirección interna: Órgano Directivo.
- Toma de decisiones: Asamblea.
¿De qué manera el Estado protege y reconoce la labor de las asociaciones?
La Ley 20.628 que regula el régimen de Impuesto a las Ganancias, dispone en su artículo 20, inciso f, que las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, se encontrarán exentas de abonar el impuesto a las ganancias que obtengan.
La condición es que tales ganancias y el patrimonio social se destinen a los fines de su creación y en ningún caso se distribuyan, directa o indirectamente, entre los socios.
Sin embargo las entidades que obtienen sus recursos, en todo o en parte, de la explotación de espectáculos públicos, juegos de azar, carreras de caballos o similares, no se encontrarán incluidas en la exención que dispone el artículo anteriormente citado.
Otra forma en que se protege e impulsa la labor de las organizaciones que nos ocupa, es la que llevan a cabo institutos o programas estatales, que estimulan el desarrollo organizativo a través de acciones tales como capacitaciones, otorgamiento de créditos, etc.
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