Trabajo / Jubilaciones
Prestación por Edad Avanzada por Invalidez

Esta prestación se otorga a los afiliados mayores de 65 años de edad que se encuentren incapacitados para el trabajo y que además acrediten la condición de aportante regular o irregular con derecho.

Consideraciones generales:

El goce de la Prestación por Edad Avanzada por invalidez es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar, nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre que se renuncie a las otras prestaciones.

 

Requisitos que debe reunir

  • Haber cumplido sesenta y cinco (65) años de edad cualquiera fuera el sexo.
  • Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más.
  • El goce de esta prestación es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión, retiro civil o militar nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre y cuando renuncie a las otras prestaciones.
  • Cumplir con la condición de aportante regular o irregular, de conformidad con las disposiciones de los Decretos 1120/94, 136/97 y 460/99.
APORTANTE REGULAR Puede acreditar la regularidad a través de las siguientes opciones:
  • Haber aportado como mínimo treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación (desde 23/02/97).
  • Acreditar el mínimo de años de servicio exigidos en el régimen común o diferencial en el que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP.
APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO

Puede acreditar la irregularidad con derecho a través de las siguientes opciones:

  • Haber aportado como mínimo dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación (desde 23/02/97)

Decreto 460/99

  • El afiliado en relación de dependencia o autónomo, que reúna el cincuenta por ciento (50%) del mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común, o diferencial en que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP, siempre que se acredite el efectivo ingreso de los aportes y dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos doce (12) meses de retenciones previsionales.

Aclaraciones

  • En este supuesto el peticionante puede alcanzar el cincuenta por ciento (50%) de los servicios con aportes, computando servicios por Declaración Jurada
A los fines de acreditar la condición de aportante regular o irregular con derecho, deberán tenerse como servicios con aportes para el trabajador autónomo, el ingreso de las cotizaciones pertinentes durante el mes de la fecha de vencimiento, en tiempo y forma y para los trabajadores dependientes la retención efectuada por los empleadores.

 

  • Si el afiliado inició su actividad como trabajador autónomo con posterioridad al 15/07/94 debió haber cumplido con el examen médico para trabajadores autónomos y haber resultado "apto" en el mismo.

Documentación que debe presentar

Del Titular:

  • Exhibir DNI, LC, o LE, para acreditar identidad.
  • En caso de no poseer DNI, LC, o LE deberá presentar constancia de DNI en trámite.

Además de la documentación detallada precedentemente:

Si es trabajador en relación de dependencia

 

  • Sin certificación de servicios. A falta de Certificación de Servicios, podrá presentar:
    • Recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios.
    • Comprobante de afiliación a Obras Sociales y/o gremios. Original y fotocopia
    • Constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL. (ex cajas). Original y fotocopia.

Si es trabajador autónomo

  • Si tiene boletas de pagos autónomos y/o monotributistas para validar
    • Formularios 558/A - 558/B y 558/C "Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM" (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas). Se obtiene a través de la página de Internet de AFIP .
    • Boletas originales y fotocopias de los pagos autónomos y/o monotributistas incorporados y/o modificados a través del Sistema SICAM.
    • Ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder y sólo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM, una vez finalizado el proceso de validación.
  • Si no tiene boletas de pagos para validar
    • Formularios 558/A - 558/B y 558/C "Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM" (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas). Se obtiene a través de la página de Internet de AFIP .
    • Ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder, sólo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM.

ANEXO DE ACTIVIDADES CON CARACTERISTICAS ESPECIALES
Si desempeñó alguna de las tareas que se detallan a continuación, debe presentar además, la documentación específica en cada caso.

Personal embarcado

  • Libreta de embarco
  • Permiso de embarco

Estibador Portuario

  • Libreta de afiliado (de poseerla) 
  • Documento Único Portuario 
  • Constancia extendida por la Prefectura Naval Argentina, de no poseer DUP.

Aeronavegantes

  • Personal con función aeronáutica: Certificado extendido por la Fuerza Aérea, indicando las horas de vuelo, discriminado hasta el 30/06/94 y a partir del 01/07/94. 
  • Personal sin Función aeronáutica: Certificado extendido por la empresa, indicando las horas de vuelo, discriminando hasta el 30/06/94 y a partir del 01/07/94.

Servicio Doméstico

  • Libreta de Trabajo (de poseerla). 
  • Libreta Sanitaria (de poseerla). 
  • Fotocopias autenticadas de toda constancia en la que figure su actividad como empleada en el servicio doméstico (Datos del Padrón Electoral, Título de Propiedad, Créditos Personales, Carnet de Mutual u Obra Social, etc.) 
  • Certificados Médicos extendidos por atención en el domicilio del empleador. 
  • Original y Fotocopias de las boletas de depósito de aportes y Contribuciones Provisionales, en caso de poseerlas. 
  • Fotos 4x4. 
  • Trascripción del domicilio del empleador y del afiliado (cuando ambos coinciden), según figure en sus respectivos documentos.

Retiros Militares, de Prefectura o Gendarmería

  • Haber tope del cargo máximo de acuerdo a la fuerza donde prestó servicios. 
  • Detalle de haberes percibidos en concepto de retiro, desde la fecha de solicitud del beneficio a otorgar, hasta la actualidad. 
  • Certificado donde consten períodos que fueron considerados para el otorgamiento del retiro.

Retiro Policial

  • Constancia donde se indique si el retiro es por servicios civiles o policiales. 
  • Certificado donde conste los servicios que fueron considerados para el otorgamiento del mismo (nacionales o provinciales). 
  • Detalles de haberes percibidos en concepto de retiro, desde la fecha de solicitud del beneficio a otorgar, hasta la actualidad. 
  • Haber tope del cargo máximo de acuerdo a la fuerza donde prestó servicios.

Productores de Seguros

  • Certificaciones extendidas por servicios anteriores al 31/12/68, consignando los sueldos percibidos por todo el período en la moneda en que fueron abonados, como así también, fecha de primera y última operación.

Otros elementos para acreditar Servicios son las Libretas de Trabajo

  • Libreta de maternidad. 
  • Libreta de trabajo a domicilio. 
  • Libreta de afiliación a la ex caja de industria. 
  • Libreta de fondo de desempleo(construcción).


Del representante

  • Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad.
  • Formulario P.S.6.4 "Carta Poder" . Original, sólo en caso de no ser incluido en el Formulario de Solicitud de Prestaciones Previsionales.
  • Deberá estar registrado en la Base de Gestores autorizados como abogado/gestor habilitado.

Caso contrario, se deberá solicitar:

Si es profesional (abogado):

  • Credencial habilitante.
  • DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
  • Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES.

Si es gestor:

  • DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
  • Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES.

 

 

 

 

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